El gobierno de Javier Milei flexibilizó este lunes, por decreto, los controles vigentes en el Código Alimentario Argentino (CAA) de modo de facilitar la importación de alimentos que compitan en las góndolas con los de producción nacional.
Así quedó plasmado en el Decreto 35/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones.
A partir de un reciente decreto publicado en el Boletín Oficial, se modificó el Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de agilizar los controles comerciales de las importaciones y exportaciones.
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La medida advierte que los productos que cuenten con certificaciones emitidas por una serie de países listados en un apartado del decreto, quedarán eximidos de los controles y exigencias tradicionales. Entre los países beneficiados por la medida se incluyen Australia, Canadá, Confederación Suiza, Unión Europea, Estados Unidos de América, Nueva Zelanda, Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
De esta manera el Gobierno dispuso que la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos y advertencias nutricionales se limitará ahora únicamente a una declaración jurada de importación.
Según señalaron desde la cartera de Salud, esta desregulación está dirigida a aquellos productos que provienen de países con estándares sanitarios similares o superiores a los nacionales, reconocidos en tratados de reciprocidad o acuerdos de integración económica.
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Mario Lugones, ministro de Salud de la Nación.
De esta manera la Argentina flexibiliza controles y se fía de aquellos ya realizados en los países de origen de modo de “evitar la duplicación” de instancias de control y así evitar mayores costos y tiempos para los importadores.
En el caso de las exportaciones, los productos deberán ajustarse únicamente a los requisitos del país de destino. El exportador podrá solicitar los certificados correspondientes a las autoridades sanitarias argentinas solo si el país receptor lo exige, eliminando la imposición de requisitos adicionales por parte del Estado argentino. Esto busca facilitar las transacciones internacionales y reducir las barreras comerciales.
Para los importadores que no estén comprendidos en las excepciones ya mencionadas, los productos deberán someterse a las verificaciones analíticas correspondientes y ajustarse a las normativas completas del Código Alimentario Argentino antes de su comercialización.
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Para aquellos alimentos importados en lotes específicos, será obligatoria la presentación de certificados oficiales del país de origen que avalen su aptitud para el consumo o protocolos de análisis de laboratorios reconocido
Decreto 35/2025:
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