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La Corte define el caso de la polémica destitución de la ex fiscal de Entre Ríos que logró la condena contra Sergio Urribarri

Además del caso del gobernador de Formosa Gildo Insfrán, la Corte Suprema de Justicia pidió al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos el expediente principal del jury a través del cual se destituyó a la ex fiscal anticorrupción de esa provincia, Cecilia Goyeneche, para decidir también sobre si el procedimiento fue constitucional.

Una vez que llegue la causa, la Corte pedirá la opinión del Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, para decidir sobre ese recurso de la ex fiscal que puso en marcha la causa por corrupción en que fue condenado a 8 años de prisión el ex gobernador Sergio Urribarri. Fuentes judiciales adelantaron a Clarín que luego se votará sobre el caso Goyeneche en cuanto a su cuestión de fondo.

Se trata del expediente número 001665/2023-00 caratulado “GOYENECHE CECILIA ANDREA – PROCURADORA ADJUNTA Y FISCAL ANTICORRUPCION DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/DENUNCIA EN SU CONTRA FORMULADA POR EL DR CARLOS GUILLERMO REGGIARDO Y SU ACUMULADO: GOYENECHE C.”

El jury contra Goyeneche estuvo caracterizado por una serie de irregularidades que fueron denuncias por institucionales como la Red de Entidades por la Justicia Independiente en Argentina (REJIA).

Goyeneche apeló su polémica destitución que decidió un jury al Superior Tribunal de Justicia de esa provincia hace dos años atrás. Lo hizo a través de recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

El jury, que la destituyó por 5 votos contra 2, se basó en el voto del vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Juan Smaldone, quien fue propuesto en su cargo por Urribarri.

En un fallo de 300 páginas. Smaldone sostuvo que Goyeneche se debería haber excusado de la llamada causa por los aportes truchos por 50 millones de dólares de la legislatura entrerriana porque uno de los imputados, el contador Opromolla, “mantenían trato profesional relacionado con su quehacer en los fideicomisos” con el esposo de la fiscal.

Goyeneche al principio de esa causa no se excusó pero más tarde se retiró del expediente.

“He ahí el punto a partir del cual perdió el atributo de objetividad porque de manera deliberada decidió que no debía excusarse patentizando -ello- un claro acto arbitrario prohibido por la Constitución Provincial (cfr. art. 65, parte pertinente)”, agregó Smaldone.

Por su parte, la representante del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, Verónica Mulone, votó contra la destitución y sostuvo, en cambio, Smaldone debería haberse excusado de integrar el jury por una serie de razones.

Mulone señaló que la conformación del Jurado de Enjuiciamiento no respeta la integración que previó la Constitución de Entre Ríos reformada en 2008. Además, observó que los jurados que representan al STJ tienen “cercanía” con la causa contratos truchos en la Legislatura y también con el voto “que revocó la sentencia que hizo lugar al amparo interpuesto por Goyeneche y declaró la ilegalidad de la decisión de este Órgano de separar a todo el Ministerio Público Fiscal”, informó la revista Análisis.

Además, entendió que Smaldone debió excusarse de intervenir como miembro del Jurado de Enjuiciamiento porque como vocal del STJ había rechazado el amparo de Goyeneche que cuestionó el apartamiento del Ministerio Público Fiscal del jury.

“Ello reafirma la posición que dejé sentada en mi voto en disidencia, por el que consideré debía hacerse lugar a la recusación del Jurado ponente que cuestionaba su imparcialidad”, agregó Mulone, quien con su voto le dio argumentos a Goyeneche para su apelación.

Además, cuestionó el apartamiento de un miembro de la fiscalía del jury porque “no tiene competencia para disponer su apartamiento, salvo que fuera recusado o se excusara, para lo cual la ley también establece el mecanismo”.

Sobre la acusación contra Goyeneche, Mulone aseguró: “no existe controversia en cuál era la situación de derechos sobre inmuebles comunes y el vínculo de amistad entre el imputado Pedro Opromolla y Sebastián Orlando Bertozzi, esposo de la acusada”.

“Son cuestiones registrales que estaban claras antes del dictado del auto de formación de causa; y vínculos personales cuyo alcance fueron señalados en la denuncia y delimitados en las piezas de descargo», explicó en su voto.

«Queda claro entonces, que sobre esas cuestiones no hay nada que esclarecer”, destacó. Por lo tanto, “no está controvertida la relación de derechos sobre determinados inmuebles ni la relación personal. Tampoco hay que analizar, por lo evidente, que tales relaciones no implican en sí mismas la infracción a ninguna ley ni una conducta indecorosa de Goyeneche, o incompatible con las funciones a su cargo”, agregó.

En el juicio, quedó demostrado a través del testimonio de los Fiscales Yedro y Aramberry, que “no tuvieron ninguna directiva tendiente a soslayar algunos hechos, a limitar algún curso de la investigación, a no llevar adelante alguna medida” de parte de Goyeneche.

Después votó por la destitución la vocal del Superior Tribunal de Justicia Gisela Schumacher, propuesta para ese cargo por el ex gobernador Gustavo Bordet. Schumacher adhirió “a los fundamentos y la solución que propicia el señor Jurado Smaldone, y propicio y postulo que la decisión de este Jurado sea que Cecilia Goyeneche sea destituida de su cargo de Fiscal Adjunta del Ministerio Público Fiscal”.

Luego votó el vocal del jury y también miembro del Superior Tribunal de Justicia, Daniel Carubia, quien compartió postura con los votos de Smaldone y Schumacher. Negó tener vínculos con Urribarri. “Desconozco que existan tales imaginarios vínculos; mas, en mi caso particular, puedo afirmar que no tengo ningún tipo de relación con persona alguna involucrada en causas de corrupción administrativa, más allá de la circunstancial y protocolar relación que pude haber mantenido con diversos funcionarios en cumplimiento de los deberes que nos impone el ejercicio de la función que a cada uno le ha tocado desempeñar”, añadió Carubia.

Luego, el senador provincial Armando Luis Gay (Frente Creer aliado del PJ) dijo: “Debiendo expedirme sobre tres cuestiones (pedido de nulidad, el cuestionamiento sobre el apartamiento del Ministerio Público Fiscal y el fondo de la cuestión), debo expresar mi adhesión a los votos de Smaldone, Schumacher y Carubia”.

En tanto, Gonzalo García Garro, quien es director del Senado provincia y en representación del Colegio de la Abogacía, adhirió a los planteos de Smaldone, Schumacher, Carubia y Gay y tras un extenso análisis, también se expresó por la destitución.

Finalmente, el diputado provincial Gustavo Zavallo (Frente Creer) reiteró su postura del 30 de noviembre de 2021 respecto a que la acusación debía estar a cargo del Ministerio Público Fiscal y votó en contra de la destitución.

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